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CONTROL ESTRUCTURAL

  1. Lo siguiente no podrá ser alterado, modificado, cambiado o reparado , reemplazado, decorado, removido, agregado o extendido, cerrado o pintado sin previa consentimiento escrito de la Asociación: Elementos comunes limitados, cualquier porción interior o exterior del edificio o unidad del condominio, incluyendo pero no limitado a los balcones, patios, terrazas, área de parqueo, paredes, techos, pasamanos y puertas.
  2. Lo siguiente no debe ser erigido, adherido, construido, exhibido o expuesto en os elementos comunes o limitados o en cualquier parte exterior del edificio, unidad del condominio a áreas exteriores pertenecientes a las unidades del condominio: Toldos, techos de patio, telas metálicas, cortinas, cercas, desagües, celosías, rejas, persianas y luces de material reflexivo, antenas receptoras de televisión o radio, adornos de jardín, ventiladores, aparatos de aire acondicionado, alambres, luces, contenes, aceras, ladrillos, losas, etc.
  3. Lo siguiente no puede ser colgado, exhibido, pintado o pegado en el interior o exterior de la unidad que sea visible al exterior, sin el consentimiento por escrito de la Asociación:

        Anuncios, noticias, decoraciones, ropa, persianas, cortinas, etc.

  1. Alfombras y esteras no pueden ser colocadas en el frente de la puerta de las unidades sin el previo consentimiento por escrito de la Asociación.
  2. Efectos personales no pueden ser almacenados en los patios, terrazas o balcones sin el previo consentimiento por escrito de la Asociación, a no ser que dicho patio, terraza o balcón haya sido encerrado de acuerdo al requerimiento de la Asociación.
  3. No se permite instalar rejas en el exterior de las ventanas de la unidad.
Solamente se permiten discos satélites menores de 18” de diámetro con el previo consentimiento por escrito de la Asociación y solamente en el techo del edificio.